El Tribunal Europeo ordena a Francia y Luxemburgo restaurar el IVA para los ebooks

El Tribunal Europeo de Justicia ha ordenado a Francia y Luxemburgo que restauren sus tarifas estándar de IVA para los libros electrónicos y ha rechazado el argumento de que el suministro de libros electrónicos constituye una entrega de bienes y no una prestación de servicios.

 

El Tribunal Europeo de Justicia ha ordenado a Francia y Luxemburgo que restauren sus tarifas estándar de IVA para los libros electrónicos y ha rechazado el argumento de que el suministro de libros electrónicos constituye una entrega de bienes y no una prestación de servicios.

 
El fallo del Tribunal, que fue anunciado el 5 de marzo de 2015, confirma la decisión hecha previamente por la Comisión Europea, que dictaminó que los dos países no pueden cobrar el mismo tipo de IVA sobre los libros electrónicos y los libros físicos. 
 
Lisa Campbell informa en The Bookseller que tras el fallo del tribunal, la Federación Europea de Editores se ha unido con la Federación de Libreros Europeos e Internacionales y la Asociación de Escritores europeos para condenar las cargas desiguales sobre libros impresos y libros digitales, e instó a la Comisión a cambiar su postura de clasificar los libros electrónicos como servicios digitales. 
 
En una carta abierta a los presidentes del Parlamento Europeo Martin Schulz; del Consejo Europeo, Donald Tusk; y de la Comisión Europea, Jean-Claude Juncker, la organización ha expresado que el fallo Tribunal contra Francia y Luxemburgo "podría haberse evitado si no hubiera un régimen discriminatorio que exige a los Estados miembros aplicar a las publicaciones digitales unas tasas de IVA muy superiores que a las impresas".
 
"Nosotros, los representantes de la cadena de valor del libro –han dicho–, creemos firmemente que el valor de un libro no depende de su formato o de como acceden a él los lectores. Por lo tanto, instamos a la Comisión a tomar medidas urgentes para modificar la legislación pertinente de modo que garantice que refleja el progreso tecnológico y elimine un serio obstáculo para el desarrollo del mercado del libro electrónico".
 
The Bookseller también recuerda que contrariamente a la normativa comunitaria, en los últimos años Luxemburgo ha venido aplicando un tipo de IVA superreducido del 3 por ciento en ebooks y Francia el 5,5 por ciento. El Tribunal ha decidido ahora que ambos países deben restablecer sus tarifas normales del IVA en los libros electrónicos, que son el 17 por ciento y 20 por ciento, respectivamente.
 
El Tribunal Europeo de Justicia ha dicho que "la Comisión ha pedido al Tribunal que declare que, mediante la aplicación de un tipo reducido de IVA al suministro de libros electrónicos, Francia y Luxemburgo han incumplido su obligación en virtud de las directivas sobre el IVA".
 
Además, el Tribunal confirmó la noción de que los ebooks han sido clasificados como "servicios electrónicos" en lugar de versiones digitales de los libros físicos.
 
La sentencia agrega que "el tribunal rechaza el argumento de que el suministro de libros electrónicos constituye una entrega de bienes y no una prestación de servicios".
 
La Comisión también había criticado a Luxemburgo por aplicar un tipo de IVA superreducido del 3 por ciento a los libros electrónicos, a pesar de que la normativa europea en principio prohíbe tipos de IVA inferiores al 5 por ciento. 
 
Francia redujo su tasa de IVA de los libros electrónicos en 2012 hasta el 5,5 por ciento, siguiendo los pasos de Luxemburgo, que ya ofrecían un tipo de IVA del 3 por ciento, tentando a Amazon, Apple, Kobo y el Nook a establecer su sede europea en este país.
 
El resultado de esta acción fue que la Comisión Europea tomara acciones legales en contra de los dos países en 2013, con el argumento de que los tipos reducidos del IVA sólo pueden aplicarse a los libros físicos, no a los ebooks.  
 
Ambos países han sido advertidos de que la falta de restitución de la tasa del IVA nacional sobre los libros electrónicos podría conducir a nuevas medidas incluidas sanciones económicas.
 
 

© Copyright Fundación Germán Sánchez Ruiperez, 2010