En los últimos diez años, las bibliotecas han aumentado considerablemente su presencia en la red y en concreto en redes sociales como Facebook y Twitter, entre otras. Aquéllas, además de mantenerse al día en lo relativo a las nuevas tecnologías, deben asegurarse de no perder de vista sus obligaciones legales con respecto a sus usuarios. Por lo tanto, es necesario desarrollar una política de redes sociales válida que les recuerde cuáles son.
Julie Tappendorf , abogada y socia de la firma Ancel Glink, ha elaborado un informe en el que entre otros muchos datos, incluye una serie de directrices que debe seguir cualquier autoridad responsable de una biblioteca, en especial las públicas, a la hora de desarrollar una política adecuada de redes sociales.
Según Tappendorf, una política de estas características debe incluir como mínimo:
- Un propósito. La política debe incluir una declaración de que la entidad utilizará las redes sociales con el propósito de obtener o transmitir información que es útil para dicha entidad o sus objetivos.
- Aprobación y administración. La política debe contemplar la incorporación de una persona encargada de supervisar las páginas en redes sociales de la entidad. Dicha persona tendrá que estar capacitada para revisar su contenido y asegurarse de que cumple con la política y los objetivos de la entidad.
- Opinión. La política debe identificar el tipo de contenido que no esté permitido y ser eliminado: comentarios que no estén relacionados con el tema original, que sean obscenos, discriminatorios o de contenido violento. También se deberá incluir una advertencia en la que se recoja que cualquier comentario que haga un usuario no refleja neci la opinión de la entidad.
- Cumplimiento de las leyes. La política debe incluir un apartado en el que se especifique el propósito de cumplir con las leyes estatales y locales, reglamentos y políticas. Toda información protegida por marcas o derechos de autor, no se compartirá en ninguna red social a menos que el propietario haya dado su autorización.
- Política de uso por parte de los empleados. Esta políticas deberían permitir realizar cierta monitorización del uso que realizan los empleados de los ordenadores de la entidad. También se les debería avisar de que no cuentan con ninguna expectativa de privacidad al utilizar internet en el equipo del centro. Se les podrá requerir un descargo de responsabilidad en el que se especifique que cualquier publicación representa en exclusiva la opinión del empleado y no de la entidad. Tampoco se les permitirá utilizar el logo, sello o cualquier otro símbolo representativo de la entidad sin consentimiento del administrador. La política también debe garantizar la confidencialidad de la entidad, además de asegurar la protección de información personal de sus usuarios, clientes o residentes. Por último, los empleados deben firmar un documento en el que reconozcan por escrito que han leído, comprendido y aceptado cumplir con la política de la entidad.
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